¿QUÉ DOCUMENTOS ME PEDIRÁN PARA EL ESTUDIO DE TÍTULOS INMOBILIARIOS? (SEGUNDA PARTE)
Por Kristal Scheel Osorio, Abogada PUC
¿QUÉ DOCUMENTOS ME PEDIRÁN PARA EL ESTUDIO DE TÍTULOS INMOBILIARIOS? (SEGUNDA PARTE)
Santiago, 25 de marzo de 2019
Kristal Scheel Osorio es Abogada PUC, miembro del Colegio de Abogados de Chile A.G., especialista en Derecho y Contratos Inmobiliarios con vasta trayectoria ejerciendo en estudios de abogados, el sistema financiero y la práctica libre de la profesión. Se destaca su amplia experiencia resolviendo problemas de propiedades y contratos, previniendo juicios y resguardando los intereses de sus clientes en las operaciones inmobiliarias. Actualmente es socia de Scheel Cifuentes Asociados.
En nuestro artículo "¿PARA QUÉ HACER UN ESTUDIO DE TÍTULOS INMOBILIARIOS?" cubrimos las ventajas e importancia de realizar un estudio de títulos inmobiliarios antes de invertir en una propiedad, como cuando queremos comprar, arrendar, construir o desarrollar actividades comerciales, entre otras opciones, especialmente cuando se quiere operar con una garantía hipotecaria.
Sin embargo, teniendo claro el valor de hacer un estudio de títulos inmobiliarios, a la hora de enfrentarnos a uno nos veremos inundados por una serie de solicitudes de documentos con nombres raros, que no siempre sabremos dónde obtener ni si son importantes.
En esta publicación, continuaremos analizando los principales antecedentes que un abogado revisará al estudiar los títulos de un inmueble y para qué sirve que se examinen. Si quieres ver nuestro listado resumen de los diferentes documentos, agrupados por criterios, y el detalle de la importancia de los primeros siete antecedentes allí mencionados, te invitamos a revisar la primera parte de este artículo.
¿PARA QUÉ ME PIDEN ESTOS DOCUMENTOS? (continuación)
En esta instancia, analizaremos los siguientes siete documentos de nuestro listado:
8. CERTIFICADO DE AVALÚO
Este certificado lo emite el Servicio de Impuestos Internos (SII). Puede obtenerse gratuitamente en la página web del SII ingresando con el usuario y clave de quien lo solicita. En general, basta con un certificado de avalúo simple para el estudio de títulos; en los casos en que se requiera un certificado de avalúo detallado (que contiene además nombre y R.U.T. del propietario registrado para efectos del pago de contribuciones, detalle del valor asignado al terreno y a las construcciones y superficie del terreno y de las construcciones), deberá ser solicitado por quien figura como propietario en el pago de contribuciones.
Nos permitirá saber:
- La dirección o nombre de la propiedad que se encuentra asociada al rol de avalúo
- El valor total que el Fisco le ha asignado al inmueble
- La parte del valor total que se encuentra afecta al pago de impuestos y la que no, además del año de término de la exención, cuando corresponda
Es importante que el rol de avalúo y comuna asignados al inmueble estén correctamente citados en las inscripciones, escrituras y demás antecedentes del inmueble. Si no coinciden los datos, debe ser corregido con la ayuda de su abogado.
9. CERTIFICADO EN QUE CONSTE LA AUSENCIA DE DEUDA DE CONTRIBUCIONES O COPIA DE LA RESOLUCIÓN Y TALONARIO DE CONVENIO CON TESORERÍA
Este certificado lo emite la Tesorería General de República. Puede obtenerse gratuitamente en la página web de Tesorería (sección Recaudación / Certificados / Deudas de Bienes Raíces).
Debe tener menos de 30 días de antigüedad y reflejar el estado actual de la deuda de contribuciones del inmueble.
Nos permitirá saber:
- La dirección o nombre de la propiedad que se encuentra asociada al rol de avalúo
- El nombre del propietario registrado para efectos del pago de contribuciones
- La deuda de contribuciones del inmueble, detallando cuotas vencidas y cuotas por vencer
Es importante que el rol de avalúo y comuna asignados al inmueble estén correctamente citados en las inscripciones, escrituras y demás antecedentes del inmueble. Si no coinciden los datos, debe ser corregido con la ayuda de su abogado.
En los casos en que el propietario del inmueble haya firmado un convenio de pago de deudas de contribuciones con Tesorería, éste deberá entregar copia de la resolución de Tesorería que aprobó el convenio y copia del talonario de pago de cuotas del convenio. Estos antecedentes podrán ser solicitados por el Notario y el Conservador.
10. COPIA DEL ÚLTIMO PAGO DE CONTRIBUCIONES
Este documento lo emite la Tesorería General de la República una vez que se ha pagado la cuota de contribuciones adeudada. El origen del comprobante dependerá de si se ha pagado a través de la página web de Tesorería, en un Banco u otro medio.
Lo debe proporcionar la persona que recibió el comprobante de pago originalmente.
Nos permitirá saber:
- Que la última cuota de contribuciones se encuentra pagada
- Este documento puede ser solicitado por el Notario o el Conservador de Bienes Raíces
11. CERTIFICADO DE ASIGNACIÓN DE ROLES DE AVALÚO EN TRÁMITE CON MENOS DE 4 A 5 MESES DE ANTIGÜEDAD
Este certificado lo emite el Servicio de Impuestos Internos (SII). Es gratuito y debe ser solicitado en las Unidades del SII o en la Oficina de Convenio Municipal de la comuna donde se ubica el inmueble, por quien figura como propietario en el pago de contribuciones.
Corresponde a la solicitud de un número de rol de Avalúo, por parte del contribuyente, para la propiedad, dado que esta carece de rol de Avalúo por provenir de una subdivisión, loteo, saneamiento de títulos, o por tratarse de un condominio o edificio acogido a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria.
Tiene una vigencia total de 6 meses desde su emisión y debe acompañarse al Notario y al Conservador. Por ello, se solicita con no más de 4 o 5 meses de antigüedad a la fecha del estudio de títulos con el fin de que siga vigente al momento de firmar e inscribir los contratos.
Nos permitirá saber:
- El rol de avalúo matriz (original) del inmueble que dio origen a los sitios nuevos o del terreno donde se ubican los inmuebles acogidos a Copropiedad Inmobiliaria
- El nuevo rol de avalúo de los sitios nuevos o de los inmuebles acogidos a Copropiedad Inmobiliaria
12. CERTIFICADO DE NO EXPROPIACIÓN EMITIDO POR SERVIU DE UNA ANTIGÜEDAD NO MAYOR A 30 DÍAS
Este certificado lo emite el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU). Puede obtenerse gratuitamente en la página web del MINVU con los datos de rol de avalúo y comuna del inmueble.
Se le suele asignar una validez de entre 30 y 60 días máximo en el ámbito Bancario y Financiero, práctica que busca detectar oportunamente posibles cambios que haya sufrido la propiedad en ese tiempo desde la última vez que se le presentaron los documentos, pero usted debe convenir el plazo de vigencia con su contraparte.
Nos permitirá saber:
- Si el Servicio de Vivienda y Urbanización (SERVIU) de la Región donde se ubica el inmueble, lo tiene considerado para expropiación total o parcial
- La expropiación, implica que el SERVIU puede exigir a quien sea el propietario que le entregue todo o parte del inmueble, a cambio de un pago justo
- Por regla generalísima, nadie puede negarse a la expropiación y sólo puede discutir el monto de la compensación
- La expropiación que afecte a un edificio o construcción puede significar su demolición o imposibilidad de funcionamiento
- Puede afectar a inmuebles rurales, urbanos o de zona de extensión urbana
13. CERTIFICADO DE NO EXPROPIACIÓN EMITIDO POR LA RESPECTIVA MUNICIPALIDAD DE UNA ANTIGÜEDAD NO MAYOR A 30 DÍAS
El nombre oficial del certificado es "de afectación a utilidad pública" y lo emite la Dirección de Obras Municipales (DOM) de la Municipalidad de la comuna donde se ubica el inmueble. Se obtiene directamente en las oficinas de la DOM con los datos de rol de avalúo y otros que pueda solicitar cada una en particular. Se deberá pagar por anticipado el costo que fija cada Municipalidad.
Se le suele asignar una validez de entre 30 días y 6 meses máximo en el ámbito Bancario y Financiero, práctica que busca detectar oportunamente posibles cambios que haya sufrido la propiedad en ese tiempo desde la última vez que se le presentaron los documentos, pero usted debe convenir el plazo de vigencia con su contraparte.
Nos permitirá saber:
- Si la Municipalidad de la comuna donde se ubica el inmueble, lo tiene considerado para expropiación total o parcial
- Para qué fines podrá ser expropiado (ensanche o apertura de calles, creación de áreas verdes)
- La expropiación, implica que la Municipalidad puede exigir a quien sea el propietario que le entregue todo o parte del inmueble, a cambio de un pago justo
- Por regla generalísima, nadie puede negarse a la expropiación y sólo puede discutir el monto de la compensación
- La expropiación que afecte a un edificio o construcción puede significar su demolición o imposibilidad de funcionamiento
- Puede afectar a inmuebles urbanos o de zona de extensión urbana, se excluyen los inmuebles rurales
14. CERTIFICADO DE NÚMERO MUNICIPAL DE UNA ANTIGÜEDAD NO MAYOR A 30 DÍAS
Este certificado lo emite la Dirección de Obras Municipales (DOM) de la Municipalidad de la comuna donde se ubica el inmueble. Se obtiene directamente en las oficinas de la DOM con los datos de rol de avalúo y otros que pueda solicitar cada una en particular. Se deberá pagar por anticipado el costo que fija cada Municipalidad.
Se le suele asignar una validez de entre 30 días y 6 meses máximo en el ámbito Bancario y Financiero, práctica que busca detectar oportunamente posibles cambios que haya sufrido la propiedad en ese tiempo desde la última vez que se le presentaron los documentos, pero usted debe convenir el plazo de vigencia con su contraparte.
Nos permitirá saber:
- La calle donde se encuentra ubicado el inmueble dentro de la comuna
- El número que se le asignó al inmueble en la calle de la comuna donde está ubicado
- Otros datos, cuando corresponda, como sector, población, manzana y número de predio.
- Aplica para inmuebles urbanos o de zona de extensión urbana, se excluyen los inmuebles rurales
En una próxima publicación detallaremos la importancia de los últimos antecedentes de nuestro listado que se requieren para hacer un estudio de títulos inmobiliarios.
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